¿Qué méritos baremará la Administración de oficio, y por lo tanto, no se deberán aportar?

Los siguientes:

a) Servicios prestados en instituciones sanitarias públicas directamente gestionadas por la Conselleria de Sanidad.

b) Certificados de conocimiento del valenciano expedidos u homologados por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià.

c) Nota de la fase de oposición del último proceso selectivo de la categoría, convocado por la Conselleria de Sanidad. Únicamente se baremarán los procesos selectivos cuya fase de oposición hubiera finalizado a la fecha del fin del plazo de presentación de instancias.

Nota:

Una vez publicados los listados provisionales, los candidatos no conformes con la baremación efectuada de oficio por la Administración, pueden presentar alegaciones en las mismas condiciones que si hubieran presentado la instancia.