RÉGIMEN INTERNO - Cap. 01-02

REGIMEN INTERNO

Capítulo 1º. Naturaleza y Fines.

El presente Reglamento de Régimen Interno pretende estructurar y establecer los criterios y procesos que deben regir el funcionamiento del Ilustre Colegio Oficial de Fisioterapeutas de la Comunidad Valenciana (ICOFCV) y de aquellos aspectos que no queden reflejados en los estatutos, o en su caso desarrollar los mismos. 

Capítulo 2º. Sobre la administración del ICOFCV y su organigrama.

El Colegio contará con el personal administrativo y subalterno que necesite para el normal ejercicio de sus funciones, dándose conocimiento de su contratación, que correrá a cargo de la Junta de Gobierno, a la Asamblea General.

Se establece un organigrama piramidal donde podrán figurar un/una Gerente (con dedicación en función de las necesidades de gestión colegial), un/una responsable de administración, un/una contable y un/una auxiliar administrativo/a (con dedicación en función de las necesidades colegiales) en cada una de las sedes.

Jerárquicamente, el Gerente dependerá y responderá ante el Secretario y el Decano de sus actuaciones. La responsable de administración dependerá y responderá ante el gerente o en su defecto ante el secretario y el Decano.

La responsable de administración realizará a su vez de secretaria del Decano, encargándose de las tareas que éste le asigne, así como, de las comunicaciones referidas a las relaciones institucionales.El resto de trabajadores del ICOFCV dependerán del gerente o, en su defecto, de la responsable de administración.

Funcionalmente el/la contable dependerá del Tesorero, y en caso de existir, la encarga de prensa y divulgación dependerá funcionalmente del miembro de la Junta de Gobierno nombrado al efecto.

Reservándose la Junta de Gobierno la adaptación orgánica y funcional de las relaciones establecidas.

Así mismo, se podrá crear un departamento de proyectos institucionales, dirigido por un responsable contratado a tal efecto, y que dependerá directamente, tanto orgánica como funcionalmente del Decano. Este departamento podrá contar con el personal que se considere necesario tanto por contratación laboral como mercantil por prestación de servicios. La función de este departamento se enmarca en la elaboración, coordinación y ejecución de aquellos proyectos colegiales de interés para la institución y la profesión, propuestos por la junta de gobierno o por el propio Decano.